POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS
AVANTI ASESORES EN SEGUROS LTDA.
La siguiente política fue creada para establecer los términos, condiciones y finalidades de AVANTI ASESORES EN SEGUROS LTDA, en adelante AVANTI, la cual lleva a cabo la precolección, almacenamiento, uso, reproducción, actualización, procesamiento y en general el tratamiento de la información proporcionada por los titulares de los datos, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y demás normas que complementan la política de tratamiento de datos personales.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. AMBITO DE APLACACIÓN: Esta Política de Protección de datos será de obligatorio cumplimiento para todas aquella personas, natural o jurídica que mantenga cualquier relación con AVANTI ya sea de carácter comercial, contractual, laboral, administrativa o de seguridad privada que implique el tratamiento de datos personales.
ARTÍCULO 2. RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: El responsable del tratamiento de los datos recolectados será AVANTI ASESORES EN SEGUROS LTDA., identificada con Nit: 900664044-8, ubicada en la carrera 71A No. 127B-16 Barrio Niza, de la ciudad de Bogotá., teléfono: +57 (601) 4053232., email: gerenciageneral@avantiseguros.co
ARTÍCULO 3. HABEAS DATA: Derecho de cualquier persona a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en el banco de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
ARTICULO 4. DEFINICIONES. Para los efectos de la aplicación de este documento, se tendrán como definiciones las otorgadas por la legislación y la jurisprudencia Colombiana descritas a continuación. Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de Datos Personales. Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el Responsable, dirigida al Titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de Tratamiento de la información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales. Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento. Dato público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son
considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las
personas, a su profesión, u oficio o a su calidad de comerciante, o de servidor público.
Por su naturaleza, los datos públicos gacetas y boletines oficiales y sentencias
judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
e. Dato sensible: Se entiende por dato sensible aquellos que afectan la intimidad del
Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que
revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones sociales de
derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que
garanticen los derechos y garantías de los partidos políticos de oposición, así como los
de datos relativos a las salud, a la vida sexual y reproductiva y los datos biométricos.
f. Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias
personas naturales determinadas o determinables.
g. Encargado del tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí
misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del
Responsable del Tratamiento.
h. Responsable del tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por
sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los
datos.
i. Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
j. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales,
tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
k. Transferencia: Tiene lugar cuando el responsable y/o encargado del tratamiento de
los datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales
a un receptor, que a su vez es responsable del tratamiento y se encuentra dentro o fuera
del país.
l. Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los
mismos dentro o fuera del territorio de la República Colombiana cuando tenga por
objeto la realización de un tratamiento por el Encargado o por cuenta del Responsable.
ARTÍCULO 5. PRINCIPIOS: Los principios que se establecen a continuación constituyen
los parámetros generales que serán respetados por AVANTI en los procesos de recolección,
almacenamiento, custodia y tratamiento de datos personales:
1. Principio de finalidad: el tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de
acuerdo con la constitución y la ley, la cual debe ser informada al titular.
2. Principio de libertad: el tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento,
previo, expreso e informado del titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos
o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que
releve el consentimiento.
3. Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser
veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el
Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;
4. Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del
Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento,
en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos
que le conciernan.
5. Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites
que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la ley
y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas
autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la ley. Los datos
personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u
otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea
técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los
Titulares o terceros autorizados.
6. Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable del
Tratamiento o Encargado del Tratamiento, se deberá manejar con las medidas
técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los
registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o
fraudulento.
7. Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el
Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están
obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada
su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento.
8. Principio de la legalidad: el Tratamiento de datos es una actividad reglada que debe
sujetarse a lo estableció en la ley y las demás disposiciones que la desarrollen.
CAPITULO II
AUTORIZACIÓN
ARTÍCULO 6. AUTORIZACIÓN: La autorización para la recolección, uso,
procesamiento, trasmisión o reproducción de los datos personales que reposen en AVANTI,
deberá ser otorgada por el Titular de los Datos a través de los diferentes canales disponibles,
previo a la recolección de los mismos, logrando obtener así la verificación del otorgamiento
de dicha autorización.
ARTÍCULO 7. MECANISMOS PARA OTORGAR AUTORIZACIÓN: La autorización
la otorga el Titular de los datos a la Compañía o a quienes éste asigne, a través de diferentes
medios como lo son: documento físico, documento electrónico, en archivo de audio,
mecanismos tecnológicos o por cualquier otro formato que permita garantizar su posterior
consulta, y será puesta a disposición del titular previo al tratamiento de sus datos, la cual
tiene como objetivo, garantizar el cumplimiento de lo establecido por la ley 1581de 2012 que
dispone, poner en conocimiento del Titular tanto el hecho del tratamiento de sus datos
personales como, sus derechos frente a la política de tratamiento.
ARTÍCULO 8. PRUEBA DE AUTORIZACIÓN: AVANTI., adoptará todas las medidas
necesarias para mantener registros de la obtención de autorización por parte de los titulares
de datos personales para el tratamiento de los mismos.
ARTÍCULO 9. REVOCATORIA DE LA AUTORIZACIÓN: Los titulares de los datos
personales pueden revocar el consentimiento al tratamiento de sus datos personales en
cualquier momento, siempre y cuando no lo impida una disposición legal o contractual o deje
de existir el motivo que origino la recolección del dato. El titular de la información podrá
solicitar una revocación total o parcial de los fines para los cuales fue conferida, evento en el
cual, en la solicitud deberá indicar a cuál de estas corresponde y de ser parcial deberá indicar
para cuales de los fines desea revocar la autorización. Habrá casos en los que el
consentimiento, por su carácter de necesario en la relación entre el titular y AVANTI, para
efectos del cumplimiento de un contrato vigente o por disposición legal no podrá ser
revocado.
ARTÍCULO 10. AVISO DE PRIVACIDAD: Es el documento físico, electrónico o en
cualquier otro formato, que es puesto a disposición del Titular para el tratamiento de sus
datos personales. A través de este documento se comunica al Titular la información relativa
a la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma
de acceder a las mismas y las características del tratamiento que se pretende dar a los datos
personales. El Aviso de Privacidad de AVANTI, está disponible, entre otros medios, en la
página web https://www.avantiseguros.co.
ARTÍCULO 11. CONTENIDO MÍNIMO DEL AVISO DE PRIVACIDAD: El Aviso de
Privacidad, como mínimo, deberá contener la siguiente información:
1. Nombre o razón social y datos de contacto del Responsable del Tratamiento.
2. El tratamiento al cual serán sometidos los datos y la finalidad del mismo.
3. Los derechos que le asiste al Titular.
4. Los mecanismos generales dispuestos por el Responsable para que el Titular conozca
la política de tratamiento de la información y los cambios sustanciales que se
produzcan en ella o en el Aviso de Privacidad correspondiente. En todos los casos,
debe informar al Titular cómo acceder o consultar la política de tratamiento de
información.
5. cuando se recolecten Datos Personales Sensibles, el Aviso de Privacidad señalará
expresamente el carácter facultativo de la respuesta a las preguntas que versen sobre
este tipo de datos.
ARTÍCULO 12. AVISO DE PRIVACIDAD Y LAS POLÍTICAS DE TRATAMIENTO
DE LA INFORMACIÓN: AVANTI., conservará el modelo del Aviso de Privacidad que se
transmitió a los Titulares mientras se lleve a cabo tratamiento de datos personales y perduren
las obligaciones que de este deriven. Para el almacenamiento del modelo, la compañía podrá
emplear medios informáticos, electrónicos o cualquier otra tecnología
CAPITULO III
DERECHOS Y DEBERES
ARTICULO 13. DERECHOS DE LOS TITULARES: De acuerdo a lo establecido en el
artículo 8 de la Ley 1581 de 2012 y los artículos 21 y 22 del Decreto 1377 de 2013 el Titular
de los Datos Personales tiene los siguientes derechos:
1. Acceder de forma gratuita a sus datos personales proporcionados que hayan sido
objeto de tratamiento.
2. Solicitar la actualización y rectificación de su información frente a datos parciales,
inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o a aquellos cuyo
tratamiento esté prohibido o no haya sido autorizado.
3. Solicitar prueba de la autorización otorgada.
4. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) quejas por
infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente.
5. Revocar la autorización aportada para el tratamiento de sus datos. De acuerdo con el
Decreto Reglamentario 1377 de 2013, la revocatoria de la autorización no procederán
cuando el Titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos
6. Abstenerse de responder las preguntas sobre datos sensibles o sobre datos de las niñas
y niños y adolescentes. Tendrá carácter facultativo las respuestas que versen sobre
datos sensibles o sobre datos de niños niñas y adolescentes.
Para que el titular de los datos proporcionados pueda ejercer su derecho a conocer, actualizar,
rectificar y suprimir cualquier dato o revocar autorización otorgada, este podrá hacer uso de
los canales o medios dispuestos por AVANTI para la atención al público, la línea de atención
+ 57(1) 4053232 o al correo electrónico: juridica@avantiseguros.co
ARTÍCULO 14. DEBERES DE LOS RESPONSABLES DEL TRATAMIENTON DE
DATOS: De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1581 de 2012 y los
artículos 21 y 22 del Decreto 1377 de 2013, AVANTI se compromete a cumplir en forma
permanente con los siguientes deberes en lo relacionado con en el Tratamiento de Datos
Personales:
a. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de
hábeas data.
b. Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la ley 1581 de 2012, copia de la
respectiva autorización otorgada por el Titular.
c. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos
que le asisten por virtud de la autorización otorgada.
d. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir
su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
e. Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea
veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
f. Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del
Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya
suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información
suministrada a este se mantenga actualizada.
g. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al
Encargado del Tratamiento.
h. Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo
Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la ley.
i. Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones
de seguridad y privacidad de la información del Titular.
j. Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados en la ley.
k. Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado
cumplimiento de la ley y en especial, para la atención de consultas y reclamos.
l. Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra
en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no
haya finalizado el trámite respectivo.
m. Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos.
n. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los
códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los
Titulares.
o. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de
Industria y Comercio.
ARTÍCULO 15. DEBERES DE LOS ENCARGADOS DEL TRATAMIENTON DE
DATOS: AVANTI y/o a quien éste designe, en su calidad de Encargado del Tratamiento de
los Datos Personales que reposen en las Bases de Datos Personales, cumplirá con los
siguientes deberes:
a. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de
hábeas data.
b. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir
su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
c. Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos en los
términos de la ley.
d. Actualizar la información reportada por el Responsable del Tratamiento dentro de los
cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo.
e. Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos
señalados en el capítulo de “procedimientos” de éste documento y en la ley.
f. Registrar en la Base de Datos Personales la leyenda “reclamo en trámite” en la forma
en que se regula en la ley, respecto de aquellas quejas o reclamaciones no resueltas
presentadas por los Titulares de los Datos Personales.
g. Insertar en la Base de Datos Personales la leyenda “información en discusión judicial”
una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales
relacionados con la calidad del Dato Personal.
h. Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo
bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
i. Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso
a ella.
j. Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten
violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la
información de los titulares.
k. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de
Industria y Comercio.
CAPITULO IV
PROCEDIMIENTOS
ARTÍCULO 16. DERECHO DE ACCESO: Los Titulares de los datos podrán acceder y
conocer qué información está sujeta al trámite de tratamiento de datos por parte de la
compañía, por lo cual es indispensable que AVANTI garantice al Titular su derecho de
acceso por medio de los siguientes procedimientos.
ARTÍCULO 17. ATENCION A CONSULTAS: La consulta se formulará por escrito físico
en el domicilio de la Compañía en la carrera 71A No. 127B-16 Barrio Niza o al correo
electrónico: juridica@avantiseguros.co
El Titular o sus causahabientes podrán realizar consultas sobre sus Datos Personales que
reposen en la Base de Datos, por escrito o personalmente a través de los medios descritos en
el presente Manual. En consecuencia, la compañía o a quien éste designe garantizará el
derecho de consulta, suministrando al Titular o sus causahabientes toda la información que
esté contenida con la identificación del Titular.
La consulta será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir
de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de
dicho término, se informará al Titular, expresando los motivos de la demora y señalando la
fecha en que se atenderá su consulta, el cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días
hábiles siguientes al vencimiento del término inicial.
ARTÍCULO 18. RECLAMOS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la
Ley 1581 de 2012, el Titular o sus causahabientes que consideren que la información
contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o
cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la
Ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo ante el Responsable del Tratamiento, el cual
será tramitado bajo las siguientes reglas:
1. El reclamo se formulará mediante solicitud dirigida a AVANTI ASESORES EN
SEGUROS LTDA., como mínimo con la identificación del Titular, la descripción de
los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y con inclusión de los documentos
que soporten la reclamación.
2. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5)
días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos
dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la
información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
3. Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que
diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2)
días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
4. El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados
a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el
reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora
y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los
ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
ARTÍCULO 19. QUEJAS ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y
COMERCIO: El Titular, sus causahabientes o apoderados, deberán agotar el trámite de
consulta ante AVANTI, con anterioridad a la presentación de cualquier queja ante la
Superintendencia de Industria y Comercio.
ARTÍCULO 20. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PETICIÓN: En
cualquier momento y de manera gratuita, el Titular o su representante podrán solicitar
información sobre el uso de sus datos personales, las consultas o reclamos en los que se
solicite la rectificación, actualización o supresión de éstos, serán tramitados cuando:
Toda solicitud debe ser presentada a través de los medios habilitados por la Compañía,
señalados en el Aviso de Privacidad, y contener, como mínimo, la siguiente información:
1. Nombres y apellidos.
2. Datos de contacto (Dirección, física y/o electrónica y teléfonos de contacto),
3. Medios para recibir respuesta a su solicitud.
4. Motivo(s)/hecho(s) que dan lugar a la consulta o reclamo.
5. Descripción del Derecho que desea ejercer ante la Compañía y los datos personales
sobre los cuales recae.
6. Firma, número de identificación y huella o procedimiento de validación
correspondiente.
7. Presentar la información en las oficinas de la Compañía o mediante los canales para
ello suministrados.
Anexos:
1. Copia del documento de identidad del titular de la información ampliado
2. Si la solicitud es realizada por causahabiente, representante del titular o apoderado se
deberá aportar el documento que le otorga dicha calidad.
CAPITULO V
FINALIDAD
ARTÍCULO 21. FINALIDAD: Los datos suministrados por el titular, recolectados, usados,
actualizados, reproducidos procesados y almacenados por AVANTI actuando dentro de los
requisitos establecidos por la ley, tienen como finalidad las siguientes:
a. El proceso de negociación precontractual, contractual y comercial.
b. El trámite de vinculación como cliente.
c. La trasmisión de la información con fines comerciales a terceros.
d. Realizar los procesos internos para garantizar el cumplimiento de las obligaciones
adquiridas por AVANTI con sus clientes.
e. Envío de información y ofertas comerciales.
f. Consultar el historial crediticio en las centrales de información o de riesgo.
g. Verificación del estado del riesgo que se pretende trasladar a AVANTI.
h. La ejecución y el cumplimiento de los contratos que celebre con AVANTI.
i. Gestionar trámites (solicitudes, quejas y reclamos).
j. La liquidación y pago de siniestros.
k. En general, la gestión integral del seguro contratado.
l. Realización de encuestas sobre satisfacción en los servicios prestados por AVANTI
así como la verificación, referenciación y actualización de datos.
m. Suministrar la información a terceros con los cuales AVANTI tenga relación
contractual y que sea necesario entregársela para el cumplimiento del objeto
contratado.
n. Para el envío de las reformas, actualización y modificación en la política de
tratamiento de datos.
o. Consultas en las listas para prevención y control de lavado de activos y financiación
del terrorismo.
p. Consultar toda la información que se encuentre almacenada en las bases de datos de
antecedentes judiciales o de seguridad legítimamente constituida, de naturaleza
estatal o privada, nacional o extranjera, o cualquier base de datos comercial o de
servicios sobre el proveedor y contratista que nos permita conocer el
comportamiento como proveedor o contratista.
ARTÍCULO 22. TRATAMIENTO: AVANTI podrá trasmitir datos a proveedores para
garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales bajo acuerdos de
confidencialidad, trasmisión y garantía de reserva de los datos proporcionados. En virtud de
lo cual los datos suministrados a AVANTI podrán ser transferidos, compartidos, entregados
o divulgados a:
1. Operadores necesarios para el cumplimiento de derechos y obligaciones derivados de
los contratos, con proveedores, laborales y/o convenios o alianzas comerciales.
2. Demás entidades con las que AVANTI adelante operaciones para efectos de
Reaseguro y Coaseguro.
3. AVANTI podrá trasladar datos personales de los titulares de la información a
entidades judiciales, o administrativas y entidades de control, previo requerimiento
de las mismas y a los Revisores Fiscales, cuando lo requieran en ejercicio de sus
funciones.
ARTÍCULO 23. DATOS DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTE: El Tratamiento de
datos de niños, niñas y adolescentes está proscrito por la ley excepto cuando se trate de datos
de naturaleza pública, de acuerdo con el artículo 7 de la ley 1581 de 2012.
Para el tratamiento de dicha información se debe respetar el interés superior de los niños,
niñas y adolescentes, así como sus derechos fundamentales.
ARTÍCULO 24. DATOS SENSIBLES: AVANTI., deberá solicitar consentimiento previo
y expreso a los Titulares de la información, explicando los fines para los cuales se está
recolectando dicha información, de lo contrario, solo podrá solicitar tal información en los
casos que la ley así lo disponga como lo es:
a. El tratamiento sea necesario para salvaguardar el interés vital del Titular de los datos
sensibles y éste se encuentre física o jurídicamente incapacitado, en tal caso, el
representante legal será el encargado de otorgar la información.
b. El Tratamiento se refiera a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio
o defensa de un derecho en un proceso judicial.
c. El tratamiento tenga una finalidad histórica.
CAPÍTULO VI
SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
ARTÍCULO 25. MEDIDAS DE SEGURIDAD. En desarrollo del principio de seguridad
establecido en la Ley 1581 de 2012, AVANTI., adopta las medidas técnicas, de su recurso
humano y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los datos evitando su
adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
ARTÍCULO 26. IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD.
AVANTI., mantendrá protocolos de seguridad de obligatorio cumplimiento para sus
colaboradores con acceso a los datos de carácter personal y a los sistemas de información. El
procedimiento deberá considerar, como mínimo, los siguientes aspectos:
a. Medidas, normas, procedimientos, reglas y estándares encaminados a garantizar el
nivel de seguridad exigido en la Ley 1581 de 2012.
b. Funciones y obligaciones del personal: El personal vinculado a AVANTI ha recibido
y aceptado un compromiso de confidencialidad y buen uso de la información a la cual
tiene acceso en su labor diaria.
c. El personal de AVANTI tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y
recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones, conforme a los criterios
establecidos por el responsable de la información.
d. Implementación de Políticas de seguridad: AVANTI., ha implementado políticas
para el adecuado uso, administración y control de los Recursos Informáticos
e. Actualización de los procedimientos que sean acordes con los fines perseguidos y los
cambios en la estructura de la organización. El contenido del procedimiento deberá
adecuarse en todo momento a las disposiciones vigentes en materia de seguridad de
los datos personales.
CAPÍTULO VII
ARTÍCULO 27. DISPOSICIONES FINALES: AVANTI., designa al área de Dependencia
Jurídica o como responsables de dar protección a la base de datos y así mismo, dará trámite
interno a las solicitudes de los titulares, para el ejercicio de sus derechos al acceso, consulta,
rectificación, actualización, supresión y revocatoria a que se refiere la ley 1581 de 2012. Lo
anterior, lo realizará con el apoyo permanente del área de la Gerencia de la Compañía.
ARTÍCULO 28. VIGENCIA: El presente documento rige a partir del 01 de enero de 2015
y hasta el momento en que expresamente se revoque o modifique.
ARTÍCULO 29. VIGENCIA Y MODIFICACIONES: Cualquier cambio a esta política
será informado y publicado oportunamente en la página web de la Compañía
https://www.avantiseguros.co